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lunes, 16 de marzo de 2020

Estado de alarma en España: todo lo que está limitado para poder frenar al coronavirus

El número de infectados por coronavirus en España aumenta sin parar, hasta alcanzar números que ni siquiera estaba contemplados tan pronto: los datos del domingo, última fecha de actualización de cifras, daban más de 7.700 contagiados en España, casi 300 muertos, y más de 3.500 infectados solo en Madrid.


A todos estos hay que sumar los sospechosos, y esperar las cifras del lunes. Aun así, para tratar de contener esta enfermedad infecciosa, que ha recibido el nombre de Covid-19, el Gobierno anunció una serie de medidas en el marco de su Plan de Choque y después de que el presidente, Pedro Sánchez, dejara claro que no descartaba declarar el estado de alarma, confirmó esta situación: el viernes lo adelantó y el sábado, el Gobierno decretó el estado de alarma.
La medida, segunda vez que se decreta en la historia de España, se ha puesto en marcha con el objetivo de "enfrentar" una "crisis extraordinaria" como en la que nos encontramos. "La emergencia sanitaria y social crea circunstancias extraordinarias que la ley contempla para adoptar medidas legales", ha dicho Sánchez, en su intervención anunciando el estado de alarma. Con esta declaración, Sánchez ha insistido en que "el Gobierno de España va a proteger a todos los ciudadanos", tratando de que esta medida, si bien extraordinaria, afece lo menos posible. Además de "movilizar al máximo los recursos materiales para combatir el virus", Pedro Sánchez ha apelado a un "recurso fundamental" que no está contemplado en ninguna ley: "la victoria depende de cada uno de nosotros". "El heroísmo consiste en lavarse las manos y en quedarse en casa, y en protegerse a uno mismo para proteger a los demás. Tardaremos semanas pero vamos a vencer el virus".
El estado de alarma, previsto en la legislación estatal, es una herramienta que permite al Ejecutivo tomar una serie de medidas en situaciones de "graves alteraciones a la normalidad", que van desde catástrofes o desgracias públicas hasta "crisis sanitarias, como epidemias o situaciones de contaminación graves". Es en este punto en el que se encuentra en la actualidad el país, teniendo en cuenta que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el brote de coronavirus como pandemia hace apenas unos días y que, por el avance en la curva epidémica, España podría estar en la situación de Italia, en cuarentena absoluta, en un plazo de entre siete y diez días.
Madrid, prácticamente vacía durante el estado de alarma por el Covid-19
Se trata de una situación excepcional que el país ha vivido una única vez en la historia: en diciembre de 2010,el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero se vio obligado a declararlo con motivo del cierre del espacio aéreo por la huelga de controladores: se vieron afectadas más de medio millón de personas y se militarizó a estos profesionales. La orden duró hasta el 16 de enero de 2011, cuando fue levantada después de que la crisis se solventase sin permitir los enormes perjuicios que la huelga de controladores hubiera provocado en la economía nacional.
¿Qué se puede y qué no se puede hacer?
En estas circunstancias, llegado el caso, todas las autoridades civiles de la Administración pública del territorio afectado por el estado de alarma, así como los integrantes de los cuerpos de Policía de las comunidades autónomas y corporaciones locales, demás funcionarios y trabajadores al servicio de las mismas, quedan "bajo las órdenes directas de la autoridad competente en cuanto sea necesaria para la protección de personas, bienes y lugares, pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o naturaleza". Pedro Sánchez, en esta ocasión, ha anunciado que se declarará el estado de alarma en todo el territorio nacional, tras un consejo de ministros extraordinario de este sábado. Estas son las medidas que el Gobierno ha decretado para este estado de alarma:
​Prohibir ciertos movimientos de personas: durante el estado de alarma, se puede "limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos". Para el estado de alarma declarado en España el 14 de marzo, queda limitada la circulación por vías de uso público únicamente para las siguientes actividades:
Compra de alimentos
, medicamentos y productos de primera necesidadAsistencia a centros, servicios y establecimientos sanitariosDesplazamiento al lugar del trabajoRetorno al lugar de residencia habitual Desplazamiento a entidades financieras y de seguros: así actúa cada entidad bancaria Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas vulnerables
En este punto, el presidente ha explicado que está autorizado salir del domicilio para pasear a las mascotas, por ejemplo, pero que este será casi el único pequeño desahogo.
Intervenciones materiales: también se pueden practicar "requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias".
El paquete de medidas anunciado el domingo por la noche incluye también una medida para garantizar el suministro de productos sanitarios. Así pues, en un plazo improrrogable de 48 horas (hasta el martes a última hora) todas las empresas que tengan en 'stock' una serie de productos (mascarillas, respiradores, kits de diagnóstico rápido y del Covid-19...) lo comuniquen al Ministerio de Sanidad, pudiendo ser sancionados de no cumplir esta petición.
Intervención de lugares: en circunstancias excepcionales como esta, se podrían "intervenir y ocupar transitoriamente fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza", salvo domicilios privados. Todo ello, dando cuenta a los ministerios interesados.
Entras las medidas adoptadas por el Gobierno de Sánchez, el Ministerio de Sanidad ha intervenido la sanidad privada, dejando "todas las instalaciones de la sanidad privada" a las órdenes de los consejeros autonómicos del ramo para que "dispongan de ellas como mejor consideren". La orden también implica que se podrán habilitar espacios para uso sanitario en locales públicos o privados que reúnan las condiciones necesarias para la atención sanitaria —varios hoteles, por ejemplo, ya han ofrecido sus establecimientos para uso sanitario—.
Servicios de primera necesidad: la autoridad competente podría "limitar o racional el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad".
Abastecimiento: asimismo, puede "impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción afectados.
¿Cómo y quién puede declararlo?
El estado de alarma debe ser acordado, mediante decreto, por acuerdo del Consejo de Ministros. En el decreto debe determinarse el ámbito territorial —si afecta a todo el país o solo en parte—, la duración y sus efectos, y nunca puede exceder de los 15 días, dado que se trata de una medida excepcional. Puede prorrogarse, no obstante, con autorización expresa del Congreso de los Diputados, que en este caso puede establecer "el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga".
Vista del hemiciclo, este jueves, tras la suspensión de la actividad parlamentaria en el Congreso de los Diputados, en Madrid 
¿Es una situación grave?
Sí, pero no la que más. Las tres situaciones excepcionales previstas en la Ley Orgánica 4/1981 de 1 de junio, los estados de alarma, excepción y sitio, implican unas circunstancias "extraordinarias" que, por su naturaleza, impiden el "mantenimiento de la normalidad mediante los poderes ordinarios de las autoridades competentes". Pero el estado de alarma es el de menor gravedad de los tres que contempla la Constitución Española en su artículo 116. Cuando en el año 2010 se declaró esta situación, que afectó a todo el territorio nacional, amén de "a la totalidad de las torres de control de los aeropuertos de la red y a los centros de control" gestionados por AENA, solo implicó la militarización de los controladores del tráfico aéreo al servicio de AENA, quedando "sometidos a las órdenes directas de las autoridades designadas por el decreto y a las leyes penales y disciplinares militares".
En aquella situación, se vieron afectados más de medio millón de pasajeros por el cierre de los aeropuertos españoles, pero las indicaciones previstas en aquél estado de alarma no afectaron directamente al día a día de los ciudadanos, ya que no se limitaron ninguna de sus libertades. Sí ocurrió con los controladores aéreos civiles, que al pasar a estar militarizados, en caso de no responder a las peticiones de las autoridades competentes podrían haberse enfrentado a duras penas de cárcel, por desobedecer las órdenes de mandos militares y por deserción, al estar sujetos a la disciplina militar.

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