APR Madrid Central trae consigo una serie de restricciones al tráfico que afectarán a todos los usuarios que circulan por el centro de la capital y que es preciso conocer.
El Ayuntamiento de Madrid, presidido por Manuela Carmena, anunció hace días el retraso hasta el día 30 de noviembre —por el Black Friday—, del Área de Prioridad Residencial (APR) Madrid Central, que busca reducir hasta en un 40% las emisiones de dióxido de nitrógeno, según indica el propio Consistorio. Una vez que se ponga en marcha el nuevo escenario, la capital cambiará drásticamente a través de unas medidas que afectarán en mayor o menor medida a los conductores.
Esta zona quedará delimitada (en total son 472 hectáreas) por las calles de Alberto Aguilera, Glorieta de Ruíz Jiménez, Carranza, Glorieta de Bilbao, Sagasta, Plaza de Alonso Martínez, Génova, Plaza de Colón, Paseo de Recoletos, Plaza de Cibeles, Paseo del Prado, Plaza de Cánovas del Castillo, Paseo del Prado, Plaza del Emperador Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Glorieta de Embajadores, Ronda de Toledo, Glorieta de la Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Calle Mayor, Calle Bailén, Plaza de España (lateral continuación de la Cuesta de San Vicente), Calle Princesa y Calle Serrano Jover.
Acceso restringido a todo vehículo que no tenga la etiqueta ambiental de la DGT
Los distintivos medioambientales creados por la DGT para clasificar el parque de vehículos en función de sus emisiones contaminantes pasarán a ser más que relevantes. En la actualidad, no es obligatorio llevar el distintivo visible, pero es aconsejable adquirir la identificación en cualquier oficina de Correos, debido a que dentro de seis meses pasará a ser obligatorio, según la entrada en vigor de la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible el pasado 8 de octubre.
Así, aquellos vehículos que circulen a partir del 24 de abril del 2019 sin el distintivo visible serán multados. No será suficiente que el vehículo, por su fecha de matriculación, disponga de este distintivo, sino que será necesario tenerlo colocado para no ser multado.
Todo vehículo que no disponga del distintivo ambiental de la DGT no podrá circular ni aparcar en Madrid Central. Una medida que busca también fomentar el uso del transporte público. Los vehículos sin el mencionado distintivo son los gasolina matriculados antes de enero del año 2000 y los diésel matriculados antes de enero de 2006.
Los vehículos que tengan las etiquetas B, C, Eco y Cero tendrán permitido el acceso al centro de Madrid, siempre y cuando sus propietarios sean residentes en la zona delimitada, aunque serán los menos contaminantes los que disfruten de una circulación sin restricciones. Por otra parte, los vehículos tipo B y C de no residentes solo podrán acceder a Madrid Central para estacionar en un aparcamiento público o privado.
Los vehículos autorizados que dispongan de distintivo de la DGT (taxis, VTC, transporte público…) podrán circular libremente por el APR Madrid Central, aunque solo hasta 2025. Del mismo modo, los vehículos de ‘Carsharing’ (Emov, Zity, Car2Go…) también deberán de llevar la etiqueta correspondiente y, como ocurre con el resto de vehículos, solo podrán aparcar en la zona SER si están catalogados como Eco o Cero. Una zona SER que en Madrid Centro va a ser verde en su totalidad, dejando a un lado las zonas azules.
Las motos podrán circular libremente en caso de tener las etiquetas Eco o Cero, ya que las de tipo B o C podrán acceder a Madrid Central en horario limitado: de 7 horas de la mañana a 22 horas de la noche.
Por otro lado, las personas con movilidad reducida tendrán permiso para acceder en Madrid Centro sin ningún tipo de restricción y con cualquier vehículo, independientemente de su etiquetado. No obstante, a partir de 2025 solo tendrán permiso aquellos vehículos adaptados para trasladar a personas de movilidad recudida, siempre y cuando, aparezcan como tal en la DGT.
Los residentes podrán entrar al centro
Aquel que resida en el APR Madrid Central podrá circular libremente con cualquiera de sus vehículos, siempre que tengan su residencia habitual en esta zona. Hasta 2025 se podrá acceder sin distintivo. A partir de esa fecha, será necesario portar uno para poder entrar.
Esta medida busca dar algo de tiempo a los residentes de Madrid Central para sustituir su vehículo por uno que genere menos emisiones. En el caso de los propietarios de garajes en Madrid Central, solo podrán utilizar su propiedad para guardar vehículos sin etiqueta medioambiental hasta 2020. A partir de entonces, será necesario que utilicen un automóvil o moto con alguno de los distintivos de la DGT.
Sistema de invitaciones
Cada empadronado mayor de 16 años en Madrid Central dispondrá de hasta 20 invitaciones al mes. A través de una página web, los ciudadanos empadronados en alguna vivienda de Madrid Central podrán utilizar estas invitaciones para que accedan a esta zona vehículos de personas no empadronadas, como familiares o amigos de los residentes.
Gracias a estas autorizaciones, las personas que las utilicen podrán acceder con sus vehículos desprovistos de etiqueta medioambiental en el centro de Madrid y aparcar durante un máximo de dos horas en la zona de estacionamiento regulado SER.
A partir del 1 de enero de 2020, no se podrán expedir estas invitaciones a vehículos sin distintivo ambiental.
Fechas relevantes
- 30 noviembre de 2018: entra en vigor Madrid central, sólo pueden entrar residentes Cero, Eco, y B y C, si van a un parking. No es obligatorio portar el dispositivo.
- 24 de abril de 2019: Obligación de llevar visible el dispositivo en todo Madrid.
- 1 de enero de 2020: no podrán aparcar en la zona SER los vehículos sin distintivo medioambiental excepto residentes hasta 2025.
- 1 de enero de 2025: no podrán circular por Madrid vehículos sin derecho a dispositivo medioambiental.
Las sanciones: ¿cómo serán las multas?
Toda la zona quedará delimitada por unas líneas discontinuas de color rojo y, en los más de 100 puntos que permiten la entrada a Madrid Central, se han instalado cámaras que controlarán el acceso de todos los vehículos.
Desde su puesta en marcha el 30 de noviembre, habrá un periodo de prueba de dos mesesen el que se destinarán agentes a los accesos para indicar a los conductores que no pueden acceder. Una vez acabado el periodo de prueba, todo aquel vehículo no autorizado será sancionado con 90 euros.
No hay comentarios:
Publicar un comentario