martes, 30 de julio de 2019

El juez declara el concurso voluntario de Ombuds e interviene las facultades de administración del patrimonio

El juez declara el concurso voluntario de Ombuds e interviene las facultades de administración del patrimonio

El juzgado de lo Mercantil número 13 de Madrid ha declarado el concurso voluntario y ordinario de la firma de seguridad Ombuds y ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.

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El juez declara el concurso voluntario de Ombuds e interviene las facultades de administración del patrimonio

Dicho concurso se tramita como ordinario, teniendo en cuenta, según explica el auto, que reviste "cierta complejidad" por superar el inventario aportado los cinco millones de euros, por estar constituida la lista de acreedores por más de cincuenta y porque la valoración de los bienes y derechos supera los cinco millones de euros.

El juez declara el concurso voluntario de Ombuds e interviene las facultades de administración del patrimonio

Así, la jueza ha nombrado a Baker Tilly Concursal como administrador concursal, que dispone de dos meses desde su aceptación para la presentación del informe provisional, pudiendo únicamente ser prorrogado si concurren circunstancias excepcionales.

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Según señala el auto, puesto que no hay prevista una verdadera diligencia de ocupación y atendiendo a las circunstancias del caso, resulta conveniente autorizar expresamente a los administradores del concurso para que puedan acceder a las instalaciones de la firma de seguridad, revisar sus libros y contabilidad y y recabar cuantos documentos o información consideren necesarios para el ejercicio de las funciones propias de su cargo, así como para la elaboración de los correspondientes informes.

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Asimismo, la jueza requiere a Ombuds para que en el plazo de cinco días complemente el inventario de bienes y derechos, especificando cuentas bancarias abiertas, lista de deudores y partida de existencias.

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Por último, desde el juzgado se hace un llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del auto de declararción de concuirso en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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