miércoles, 6 de noviembre de 2019

La seguridad privada es una salida profesional para muchos jóvenes

Entrevistamos a Antonio Guerra, director del Centro de Enseñanzas Policiales CENPOL, quien nos describe como se encuentra el sector de la formación en esta materia.

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El sector de la seguridad privada mueve a varios miles de personas en España y permite unas altísimas posibilidades de inserción laboral.
La inserción es tan alta que nuestro centro ha asumido un compromiso ante el Servicio Canario de Empleo de insertar a un mínimo del 40% de los alumnos que finalicen nuestros cursos subvencionados, aunque casi siempre la inserción supera este porcentaje.
En noviembre comenzaremos 2 itinerarios formativos en nuestros centros de las Palmas de Gran Canaria (uno de mañana y otro de tarde) donde los alumnos terminan con la habilitación de Vigilante de Seguridad, Vigilante de Explosivos y Escolta, recibiendo también formación en inglés y en competencias digitales básicas.
Esta formación es totalmente gratuita para quienes se encuentren desempleados.
Los requisitos para ser vigilante son:
- Ser mayor de edad y menor de 55 años
- Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o bien que le sea aplicable lo dispuesto en la legislación sobre régimen comunitario conforme al Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o ser nacional de un tercer Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.
- Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
- Poseer la aptitud psicofísica a tenor de lo dispuesto al efecto en el Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada, excepto para el personal en activo que ejerza funciones de seguridad pública o privada.
- Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
- No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen, vulneración del secreto a las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.
- No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de seguridad.
- No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad españolas o del país de su nacionalidad o procedencia en los dos años anteriores.
Impartiremos una charla informativa y posterior selección el 07 de noviembre a las 09:00 horas en nuestro centro de las Torres sito en la carretera a las Torres nº 19 de las Palmas de Gran Canaria.

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