Es importante conocer donde empieza la cobertura del accidente In itinere, esta cobertura empieza en el momento que abandonamos propiedad privada, si vivimos en un edificio sera al salir del domicilio, y empezara en la propia escalera del edificio, al ser una zona común, se considera que ya se esta fuera del domicilio privado y es en ese momento cuando empieza a contar la cobertura del accidente in itinere.
Por ejemplo, si al salir de la puerta de casa, en el mismo rellano tenemos cualquier tipo de accidente, por leve que este sea, se considerara laboral al ser accidente in itinere. (TS 26-2-08,TSJ Madrid 30-12-04,TSJ Extremadura 3-3-05,TSJ Asturias 8-4-05, TSJ Burgos 11-10-05,TSJ Galicia 6-7-10
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