Empezar una nueva etapa profesional siempre produce ilusión, pero también incertidumbre. Por las nuevas funciones, compañeros de trabajo y, sí, también, por llegar a superar el periodo de prueba del contrato, porque pese a que este tiempo no es obligatorio por ley, lo cierto es que a día de hoy es raro encontrar contratos de trabajo que no incluyan el periodo de prueba.
Viene regulado en el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 14, donde se establece, entre otros, los plazos de duración máximos que puede tener el periodo de prueba en un contrato.
Pero, ¿cuáles son las condiciones en las que se tiene que dar el mismo?, ¿cuál es la duración máxima? Vamos a arrojar luz sobre estas y otras dudas en este post.
Definición de periodo de prueba
Este se define como el período de tiempo que se acuerda entre empleador y empleado y durante el cual, cualquiera de las dos partes puede poner fin a la relación laboral sin aviso previo ni justificar ninguna causa.
Hay que destacar que su inclusión en el contrato no es obligatoria.
Es decir, las partes pueden acordar libremente no incluir ningún tipo de período de prueba a la hora de la formalización del contrato.
Es decir, las partes pueden acordar libremente no incluir ningún tipo de período de prueba a la hora de la formalización del contrato.
¿Cuánto puede durar el periodo de prueba de un contrato?
Puede variar dependiendo del tipo de contrato, la duración de este o el convenio aplicable en cada caso. No obstante, el Estatuto de los Trabajadores marca un período máximo según el caso.
- Para técnicos titulados no podrá exceder de seis meses.
- Para el resto de trabajadores no podrá ser superior a dos meses.
También hay una serie de características particulares:
- En las empresas de menos de 25 trabajadores, no puede ser superior a tres meses para los trabajadores que no sean técnicos titulados.
- Si se trata de un contrato temporal no superior a 6 meses, el periodo de prueba máximo no podrá ser superior a un mes (salvo que el convenio colectivo diga lo contrario).
- Si se trata de un contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, será como máximo de un año.
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¿Qué es el contrato de ayuda a los emprendedores?
Este tipo de contrato se incluyó para fomentar la contratación por parte de emprendedores y PYMES. Hay que destacar que solo se podrá hacer uso de él en las siguientes condiciones:
- Siempre que la tasa de desempleo se sitúe por encima del 15%.
- Si la empresa tiene menos de 50 trabajadores.
- El contrato tiene que ser indefinido y puede ser de jornada completa o parcial.
- Referente al periodo de prueba, puede ser como máximo de un año, como hemos comentado. Aunque hay que destacar que si antes ya se ha tenido un contrato para las mismas funciones con la empresa no corresponde la aplicación de período de prueba.
¿Corresponde indemnización si te despiden dentro del periodo de prueba?
Este periodo se establece para que el empleador vea si el trabajador cumple con los requisitos para desempeñar el puesto de trabajo por el que fue contratado. También para que el trabajador tenga conocimiento de cuál va a ser el desempeño de sus tareas.
En este sentido, la empresa o persona que contrata puede romper en cualquier momento la relación laboral sin que ello genere algún tipo de indemnización para el trabajador.
¿Hay que dar preaviso si se causa baja voluntaria estando en período de prueba?
Siempre que el trabajador se encuentre dentro del periodo establecido por contrato para el período de prueba, puede causar baja voluntaria en la empresa sin necesidad de dar un preaviso. Basta con notificar a la empresa el deseo de no seguir con la relación laboral recientemente iniciada.
¿Se puede despedir en período de prueba estando de baja?
No hay ninguna norma que impida al empleador despedir al trabajador durante el periodo de prueba estando de baja.
Pero como curiosidad, muchos contratos establecen que una incapacidad temporal (baja), suspende el cómputo del período de prueba. Por lo que si te das de baja quedándote un mes de dicho período, estés el tiempo que estés de baja, al volver, te seguirá quedando un mes de prueba.
¿Se puede reclamar un período de prueba superior al que establece el convenio competente? ¿Y un despido durante este tiempo?
Si se te aplica un periodo de prueba superior al marcado como tope por el convenio o el Estatuto de los Trabajadores, no será válido y estaríamos ante un despido improcedente.
Por ejemplo, el convenio marca dos meses y el contrato 3 de forma indebida. Si se acciona el periodo de prueba dentro de los dos primeros meses es válido, pero si se acciona dentro del tercer mes, despido improcedente.
Respecto al despido, si este se encuentra dentro del periodo de prueba, no se podría reclamar indemnización alguna.
Sin embargo, si el trabajador puede probar que que la causa de accionar el periodo de prueba es discriminación o vulneración de un derecho fundamental podría reclamarse un despido nulo y la reincorporación a la empresa, con abono de los salarios de tramitación.
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